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Tiene blindaje de papel AMLO

» De acuerdo con constitucionalistas, la protección de las obras del Gobierno de la 4T se frenará con una suspensión otorgada a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación

Patricia Davila que permita establecer objetivos nacionales”.

La polémica corrió como pólvora el lunes 22, cuando la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para garantizar la terminación oportuna de las obras estrella del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del gobierno de México (que) se consideren prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”, se expone en el DOF.

La parte del acuerdo que también levantó ámpula en la opinión pública estipula que se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal “a otorgar la autorización provisional a la presentación y obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras y, con ello, garantizar su ejecución oportuna (…) y el ejercicio de los presupuestos autorizados.

“La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo, sin que se emita una autorización provisional expresa, se considerará resuelta en sentido positivo”.

Sin embargo, la protección que López Obrador pretende sobre sus obras en realidad es un blindaje de papel, de acuerdo con los expertos consultados por este semanario.

El maestro constitucionalista Elisur Arteaga Nava explica que “con una suspensión que se otorgue” contra el acuerdo publicado en el DOF la administración pública federal “se pondrá de cabeza” y se frenará la acción presidencial.

Quien defendió a Andrés Manuel López Obrador cuando fue desaforado en 2005, ahora explica que la clave contra el blindaje federal está en que algún particular o particulares, mediante un amparo, soliciten la suspensión del acuerdo, o que los legisladores de oposición, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre otros entes, promuevan la suspensión vía una controversia constitucional.

“La pelota estará en la cancha de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual resolverá la controversia constitucional; y en los tribunales, con los jueces de distrito, cuando se presenten los amparos”.

En ambos casos, dice Arteaga Nava, debería otorgarse la suspensión porque la ley reglamentaria del artículo 105 dispone que no procederá la suspensión tratándose de leyes generales.

Con su acuerdo, “López Obrador pretende pasar por alto las suspensiones tanto provisional como definitiva, para dejar a los particulares en estado de indefensión. (Él) apuesta a que un amparo tarde entre seis meses y un año en resolverse y, cuando la autoridad jurisdiccional diga que el particular tuvo la razón, ya concluyó la obra realizada de manera arbitraria”, detalla el constitucionalista.

Carece de facultades

De acuerdo con el también maestro de la Escuela Libre de Derecho y de la Universidad Autónoma Metropolitana, el Presidente publicó el acuerdo para tratar de frenar su mayor problema: que se concedan los amparos promovidos por los particulares.

“La acción de los particulares ha estado encaminada no tanto a obstaculizar su administración, sino a evitar que los actos violatorios afecten sus derechos, como ha sucedido. Entonces, los particulares estamos yendo al amparo”.

-¿El presidente López Obrador está facultado para realizar las maniobras como la publicación del acuerdo?

-Funda su determinación en los artículos 26 y 90. Quienes

conocen de derecho saben que la reglamentación de la Constitución corresponde al Congreso de la Unión; y que el presidente de la República no puede ejercer esta facultad, salvo en el supuesto previsto en el artículo 29 constitucional.

“Pero él (López Obrador) se cobija en el artículo 26, que alude a la ley en sus tres apartados, y el presidente de la República no puede emitir leyes, lo que más puede es reglamentarlas y lo hace con base en el artículo 89, fracción primera”.

-Entonces, ¿qué pretende el Presidente?

-Pretende pasar por alto los derechos que los artículos 6, 26 y 134 conceden en favor de los ciudadanos. Todos tenemos derecho a ser informados de los negocios públicos, eso lo prescribe el artículo sexto.

“Los mexicanos tenemos derecho a que, de acuerdo con el artículo 26, se haga la planeación en forma democrática y transparente; y de conformidad con el 134, a que la obra pública se haga de manera transparente mediante licitación pública y se aplique a quien presente las mejores condiciones de contratación.

“Esto no puede ser pasado por alto por el presidente de la República. Lo que está haciendo es violar los artículos 26 y 34.

“Estamos volviendo a los tiempos de Santa Anna, a un Estado dictatorial absolutista y sin respeto de las leyes (…) Está derivando en la destrucción del estado de derecho”.

Puede ser objetado

Reyes Robles Casados, general de brigada DEM en situación de retiro, observa que el Gobierno federal utiliza el concepto de seguridad nacional para tratar de garantizar que la oposición no intervenga en los proyectos que el Ejército realiza. “El argumento es que se están haciendo las cosas más transparentes”.

-Pero es al contrario –se le dice al general–, el acuerdo y el blindaje le abren la puerta a la opacidad…

Y el General responde: “Veo que están echando para adelante el concepto de seguridad nacional. No sé cómo lo entienda la gente, porque desgraciadamente no hay una doctrina que permita tener esa visión, ese alcance sobre lo que es la seguridad nacional. Es más, no me explico cómo es que tenemos un sistema de seguridad pública, pero no un sistema de seguridad nacional

Costosa distracción

ParaElisur Arteaga Nava y Reyes Robles Casados, el uso del Ejército en tareas de civiles tiene otras implicaciones que están impactando de manera negativa en el país.

El constitucionalista Elisur Arteaga insiste en que la actuación del presidente López Obrador en ese sentido también es contraria a la Constitución.

Detalla que el artículo 129 dispone que en tiempos de paz los miembros de las fuerzas armadas sólo podrán intervenir en aquello que tiene exacta conexión con la disciplina militar. “Y construir carreteras y aeropuertos, distribuir libros de textos y medicinas no tienen exacta conexión con la disciplina militar”.

También recuerda que el Mandatario, al mantener al Ejército en las calles, está faltando a su promesa de campaña de regresarlos a los cuarteles.

“Al contrario, sacó a los pocos soldados que había en los cuarteles para ponerlos a realizar labores que son ajenas a la función del Ejército, de conformidad con el artículo 129, de velar por la seguridad nacional, interior y exterior. Por atender acciones que no son propias del Ejército, la inseguridad interior se ha destruido y lo que prevalece es la inseguridad”.

Arteaga reflexiona sobre que López Obrador pretende que lo comparen con Juárez es su modelo de actuación: “Pero con lo que está haciendo se está pareciendo a Santa Anna, nada más que le sobra una pierna”.

Para el general Robles Casados, el Ejército se está desviando de su misión principal. “El Ejército tiene una ley orgánica que empieza por las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, y la primera misión es garantizar la libertad y soberanía del país”.

-Usted se ha pronunciado en favor de que el Ejército regrese a los cuarteles, a sus labores originales; no a construir obras de infraestructura.

-Efectivamente, porque el Ejército tiene programas muy puntuales, como es el adiestramiento todo el año. Día tras día, si un soldado entraba a un regimiento, a un batallón, ese soldado inmediatamente empezaba su adiestramiento básico individual de ocho semanas. Antes, desde el entrenamiento, empezábamos la lucha armada.

-Esto se ha ido perdiendo con tantas labores que tiene el Ejército, supongo.

-De alguna manera sí. -¿Y los riesgos son el incremento en la violencia, la entrada de enervantes por mar y tierra…? ¿Eso pone en riesgo la seguridad nacional?

“Sí –responde el militar–, de cierta manera. Allí está el conflicto entre el orden civil y el orden castrense; el civil no quiere presencia militar en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado.

“Se pronuncian por que sea como antes, con muy bajo perfil, pero nuestras fuerzas armadas combatían al narcotráfico con la sencilla forma de desplegar tropas en tierra como en la operación Cóndor o la Cannabis”.

La clave contra el blindaje federal está en

Algún particular o particulares, mediante un amparo, soliciten la suspensión del acuerdo

Legisladores de oposición, el INAI o la CNDH, entre otros entes, promuevan la suspensión vía una controversia constitucional.

›› La pelota estará en la cancha de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual resolverá la controversia constitucional; y en los tribunales, con los jueces de distrito, cuando se presenten los amparos.‹‹

›› Estamos volviendo a los tiempos de Santa Anna, a un Estado dictatorial absolutista y sin respeto de las leyes (…) Está derivando en la destrucción del estado de derecho.‹‹

Elisur Arteaga Nava Constitucionalista

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2021-11-28T08:00:00.0000000Z

2021-11-28T08:00:00.0000000Z

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